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Los Jóvenes Médicos de Familia reclaman que la formación de su especialidad se bareme como mérito en las convocatorias

Los Jóvenes Médicos de Familia reclaman que la formación de su especialidad se bareme como mérito en las convocatorias

Fecha de publicación: 01 de mayo de 2007

Las oposiciones para plazas de Médico de Familia permanecen paralizadas por no considerar la formación de médico de familia como un mérito. La medida se hizo efectiva a la espera de emitir una sentencia definitiva en respuesta a los recursos presentados por semFYC y socalemFYC.

Dos semanas después, se publicó en el boletín oficial de Castilla y León la convocatoria de selección de personal temporal de médicos de familia de área, en la que la especialidad de MFyC se barema con 30,8 puntos en el apartado de “Formación Acreditada”, donde la máxima puntuación alcanzable es de 35 puntos.

Según destaca el coordinador de la sección Jóvenes Médicos de Familia (JMF) de la semFYC, Enrique Gavilán, “esta medida supone un nuevo trato discriminatorio contra nuestra especialidad, ya que la equipara a un curso de 308 horas”. El portavoz de los JMF argumenta que “cualquier residente durante su periodo MIR es capaz de acumular, sólo con los cursos organizados en su propia Unidad Docente, esa cifra. Aparte iría la oferta formativa externa, los congresos, la propia formación tutorial impartida en los rotatorios y en las guardias, etc”.

Además de la formación durante la residencia, los futuros médicos de familia también trabajan aunque esta experiencia laboral no puntúa. A ello cabe añadir, tal y como explica Enrique Gavilán que, “un MF vía MIR que quiera concursar en esta convocatoria, sólo puede aportar méritos en el apartado de formación por el valor restante de 42 horas hasta llegar al tope máximo marcado en dicho apartado. Aunque pudiera acreditar más de esa ridícula cifra, no se le iba a poder incluir como mérito”.

El coordinador de los JMF opina que,“la convocatoria reúne de nuevo condiciones para plantear recursos de ilegalidad, puesto que incumple el estatuto marco del personal estatutario del sistema nacional de salud (al incluir la formación especializada en el mismo apartado que la formación continuada), además de preceptos constitucionales”.